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  • Última actualización 2024-04-18 10:12:06

El ABC de la internación temporal de vehículos en Arauca

La alcaldía de Arauca para esclarecer dudas respecto al documento de internación temporal de vehículos que debe tener todo propietario de medios de trasporte con placa extranjera, publicó el ABC de la internación temporal de vehículos.

¿Qué es la internación temporal de vehículos?

Es un documento que expiden la Administraciones Municipales para autorizar a los colombianos residentes en zonas de frontera, movilizarse en vehículos o medios de transporte cuya matrícula sea de un país vecino, es decir, vehículos comprados por ciudadanos colombianos en otra Nación.

¿Por qué la Alcaldía de Arauca expidió el Decreto 069 de 2013?

Porque así lo establece el Decreto 400 del 2005 del orden Nacional, el cual le impone a los alcaldes la obligación de reglamentar a los residentes de la Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo del Municipio de Arauca la autorización de la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con placa extranjera.

Y las autoridades aduaneras tales como la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Policía Fiscal y Aduanera (POLFA) serán las encargadas de realizar los respectivos controles, para hacer cumplir la norma.

Entonces, ¿quiénes deben tramitar la internación temporal?

Todo propietario de un vehículo con placa extranjera que resida en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo de Colombia (en este caso, el municipio de Arauca) para que circule únicamente en el territorio en el que se le confirió la autorización, de conformidad con los plazos, las condiciones y los requisitos que dicta la ley.

Si yo tengo un vehículo de placa extranjera, pero no está a mi nombre ¿puedo hacer el trámite?

Sí. Cualquier persona que tenga un interés legítimo sobre el vehículo extranjero, es decir, un poseedor, tenedor o propietario puede diligenciarlo.

¿Cuáles son los requisitos para hacer este trámite?

Debe traer fotocopias de la cédula del propietario, del SOAT, del certificado de revisión técnico-mecánica y del título de propiedad, carta de residencia expedida por la Secretaría de Gobierno Municipal, así como el certificado de revisión expedido por la Policía Nacional.

Y si lo que quiero es renovarlo, ¿qué hay que hacer?

Se debe presentar ante la Secretaría de Gobierno Municipal la internación temporal anterior, anexar las fotocopias del SOAT vigente, certificado de revisión técnico-mecánica y emisiones contaminantes y el recibo de pago del impuesto de vehículos automotores efectuado ante la Tesorería Municipal.

¿Tiene algún costo realizar el trámite para sacar este documento?

Depende del tipo de vehículo.

El decreto estipula que están exentos del pago los medios de transporte menores a 125 centímetros cúbicos, las bicicletas, maquinaria agrícola, vehículos industriales usados para la construcción de vías y los automotores de servicio público. Aun así, todos los vehículos, motocicletas y demás que tengan placa extranjera, deben portar este documento.

Para motocicletas con cilindraje mayor a 125 centímetros cúbicos, el precio promedio de pago por el documento de internación oscila entre $25.000 y $35.000. Para vehículos automotores ronda entre los $45.000 y $75.000. Los precios están sujetos al año del modelo del vehículo y el cilindraje del motor.

En caso de que deba cancelar el precio fijado para la expedición del documento, el decreto también fija incentivos de hasta el 40% de descuento para quien lo pague antes del 28 de febrero, 25% de descuento hasta el 31 de marzo y 5% de descuento hasta el 30 de abril de cada año.

¿Dónde se debe diligenciar este documento?

Dicho proceso debe realizarse en la Secretaría de Gobierno Municipal, ubicada en el tercer piso del Bloque Principal del Centro Administrativo Municipal (CAM).

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