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  • Última actualización 2024-03-27 23:33:12

Contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio de Yopal tienen plazo hasta el 31 de marzo

El secretario de Hacienda de Yopal, Carlos Alberto López Pinzón, indicó que para los contribuyentes comerciantes - empresarios sujetos al pago del Impuesto de Industria y Comercio, y el complementario de Avisos y Tableros, el plazo máximo para la declaración anual vence el 31 de marzo de 2014.

De acuerdo con lo explicado por el funcionario, el vencimiento para la presentación de las declaraciones bimestrales de retención en la fuente a título de Industria y Comercio de que trata el artículo 93 del Acuerdo 013 de 2012 (Estatuto de Rentas de Yopal) son las siguientes:

Bimestre

Vencimiento

Enero - Febrero

18 de Marzo de 2014

Marzo - Abril

19 de Mayo de 2014

Mayo - Junio

16 de julio de 2014

Julio -  Agosto

16 de septiembre de 2014

Septiembre - Octubre

20 de Noviembre de 2014

Noviembre - Diciembre

20 de Enero de 2015

López Pinzón anuncio que en este momento se encuentra habilitado un vinculo a través de la pagina web www.yopal-casanare.gov,co o directamente en la página de impuestos Yopal, la cual puede acceder al aplicativo que les permite hacer su liquidación de Industria y Comercio, para la declaración anual o para las declaraciones bimestrales de los agentes retenedores.

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