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  • Última actualización 2024-03-27 23:33:12
<p>Carlos Raúl Suárez Castellanos firmó la acta de posesión como Alcalde en el Juzgado Promiscuo de Arauca.</p>
Carlos Raúl Suárez Castellanos tomó posesión como nuevo alcalde del municipio de Arauca luego de su nombramiento por parte del Gobernador Luis Eduardo Ataya.

Nombraron nuevo Alcalde para Arauca.

El Gobernador Luis Eduardo Ataya Arias mediante Decreto 324 del 18 de noviembre designó a Carlos Raúl Suárez Castellanos, como Alcalde del Municipio de Arauca por el resto del período constitucional, quien integra la lista de personas allegadas por el Movimiento Alas.

En el artículo primero del decreto, se nombra a Suárez como nuevo Alcalde en propiedad para el municipio de Arauca, hasta los comicios del próximo año.

Carlos Suárez reemplaza en el cargo de propiedad a William Reyes, quien fue destituído por todo el proceso de los 16 mil millones invertidos en títulos TES con la empresa Probolsa.

Norma Rivas, funcionaria de la Gobernación de Arauca, estuvo como Alcaldesa Encargada, por casi 4 meses.

La historia del tira y afloje

El 3 de noviembre de 2009, el Procurador Delegado Para la Descentralización y las Entidades Territoriales, Carlos Augusto Mesa Díaz, sancionó disciplinariamente a William Alfonso Reyes Cadena, en su condición de Alcalde del Municipio de Arauca, con destitución del cargo, e inhabilidad para ejercer funciones públicas por veinte años.

El Secretario de los Asesores en Prevención e Investigación de Presupuesto, Regalías y Salud del Despacho de la Procuraduría General de la Nación, Héctor Julio Ortiz Rojas, informó que el fallo de segunda instancia quedó en firme el 24 de junio de 2010, a las 5:00 pm. de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 734 de 2002.

El 28 de julio de 2010, mediante Decreto 260, el Gobernador Ataya hizo efectiva la sanción impuesta por la Procuraduría General de Nación a William Reyes, en calidad de Alcalde de Municipio de Arauca.

Sólo hasta el 10 de agosto, Luis Javier Pinilla Palacio, representante legal del Movimiento Alas, allegó la terna de personas integrantes del mismo, para que Ataya procediera designar el nuevo Alcalde del Municipio de Arauca, entre los que se encontró Libia Karelia Galvis Rodríguez, Carlos Raúl Suárez Castellanos y Mauren Carlina Navarro Sánchez.

Con todo el revuelo que se formó entre el movimiento Alas y Luis Ataya sobre la inhabilidad o no de los miembros de la terna, el 9 de julio el Gobernador, elevó consulta ante el Consejo Nacional Electoral, para que le informara el procedimiento a seguir a efectos de adelantar el nombramiento del nuevo mandatario local del Municipio de Arauca.

Mediante Radicado No. 4357 del 4 de agosto, el Consejo Nacional Electoral manifiesta que se deberá designar un alcalde encargado, respetando la filiación política del alcalde elegido por voto popular, de conformidad con la terna, para efecto presente, el Movimiento Alas Equipo Colombia. Dicho concepto se emite en los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Sin embargo, el 16 de septiembre, Ataya Arias, elevó por segunda vez consulta al Consejo Nacional Electoral, para que resolviera la aplicabilidad del artículo 106 de la Ley 136 de 1994, toda vez, que no podría el Gobernador de Arauca, motivar el acto administrativo de designación de Alcalde del Municipio de Arauca, por encontrarse ésta fuera de la órbita jurídica; y de igual manera, aclarar las situaciones que se evidencian en el hecho de que William Alfonso Reyes Cadena fue avalado por el Movimiento Político Alas - Equipo Colombia, y que a la fecha, es el R/L del Movimiento Alas quien allega el listado de las personas para acceder a la máxima dignidad municipal.

El 26 de octubre, el Consejo Nacional Electoral, da respuesta a la consulta antes mencionada, manifestando, que el artículo base de motivación del decreto nombramiento es el consagrado en el artículo 314 de nuestra Constitución Política, modificado por el artículo 3 del Acto Legislativo No. 002 de 2002 y que a su vez, la designación del o de los candidatos a la alcaldía puede provenir del partido, movimiento, coalición o grupo significativo apto para proponer su reemplazo.

Vía: Prensa Gobernación de Arauca.

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